SER -O NO SER- DE TEJADA
(La Verdadera
Historia de un, supuesto, Solar
Nobiliario)
“To be, or not to be,
that is the question”
(William Shakespeare)
Parte 1 de 5
Tejada ¿Ilustre Villa?
01.- ASERTO
<El llamado ‘Solar de
Tejada’ es una falsificación>
02.- PRUEBAS
DOCUMENTALES
SOLARES
CONOCIDOS
<>
Tras la Guerra de Sucesión (1703-1713), y con una dinastía
recién estrenada, las pretensiones de acreditación de hidalguía fueron tan
numerosas, como las denuncias por falsedad de documentos. Aparte de alegar
tenerla de tiempo inmemorial, y otras, estaba la de pertenecer a Solar Conocido;
y ocurre, que la Real Chancillería de
Valladolid tan sólo reconoce como Casa y Solar existentes en La Rioja, a La
Piscina y a Valdeosera. Según puede
comprobarse en el Libro:[1] “Práctica
y Formulario de la Chancillería de Valladolid”.
<> Redactado en 1667, recoge, entre otras cosas, las instrucciones para los
Alcaldes de hijosdalgo que deben realizar las diligencias necesarias, hasta
llegar a considerar hidalgo de Solar Conocido, a un pretendiente. En el
apartado “Diligencia contra la hidalguía
de propiedad”, dice lo siguiente:
“Lo primero saber si la casa y solar cuya descendencia se pretende está
sita, o no, en las partes, y provincias que declara el litigante, que han de
ser Galicia, y sus montañas, el Principado de Asturias con sus cuatro sacadas,
y merindades de Santibáñez, montañas de Castilla la biexa, y sus valles el
Señorío de Vizcaya, con las encartaciones, la provincia de Guipúzcoa, y Álava,
y sus hermandades, y alguna parte de la
Rioja, donde hay las casas de la picina y de ValdeOsera”.
<>
Respecto al origen de la “Divisa, Solar y Casa Real de La Piscina”, tan sólo transcribir los
comentarios que hace don Ignacio Granado Hijelmo, en la página 31 de su obra.[2]
(Documento nº 10).
<>
Realidad documental: Para la Real Chancillería de Valladolid, Tejada no consta
como Solar Conocido.
<> Decir: Tejada nunca existió, sería negar una evidencia histórica. Decir: yo creo que Tejada
nunca existió como Solar Nobiliario, es una opinión. Pero decir que: para la
Chancillería de Valladolid, Tejada nunca fue Solar Nobiliario Conocido, y
aportar pruebas que lo demuestra con datos históricos que se pueden constatar
perfectamente, deja de ser una opinión para convertirse en un hecho.
<> Luego está la carta del Jefe del Departamento de Referencias del Archivo General de Simancas, como
respuesta a una consulta hecha en septiembre de 2019, sobre un documento que
exhiben -supuestamente- concedido en 1491 por los RRCC. Dice así:
“Además
de la sección del Registro General del Sello, existen en el Archivo
General de Simancas otros fondos que conservan las copias o registros de las
mercedes concedidas por los reyes castellanos, como son Mercedes y Privilegios
y la Dirección General del Tesoro y cuyo catálogo fue publicado en 1927
con el título de Catálogo de Privilegios y Mercedes de Hidalguía en
cuyo índice no hay ninguna mención
al linaje Tejada ni al solar de Tejada.”
<>
Prueba documental de que: Para el Archivo General de Simancas, Tejada no existe
como Solar Nobiliario Conocido.
03.-
CRÓNICA
<> En el año 1511, don Juan de Arellano y doña María, su mujer, vecinos de Nájera inician un pleito contra veintidós
vecinos de varios lugares de La Rioja, por la propiedad de Tejada. El
documento, que se conserva en la Real Chancillería de Valladolid, ocupa 119
folios, así como la Ejecutoria de 1513. (Documento nº 2).
<> Tras la sentencia, el
territorio de Tejada fue partido y las cuatro séptimas partes
enajenadas pasaron a manos del Arellano. Para
delimitar las tres cuartas partes restantes, que conforman la superficie de
Tejada, se hizo un nuevo
amojonamiento con 26 hitos.
<>
Este hecho tan significativo es la constatación de que Tejada no era una divisa en el
sentido nobiliario de Señorío Territorial y Solariego, sino que era una divisa
de propio dominio común de los señores de Valdeosera; es decir, una dehesa.
<> De haber sido Solar Nobiliario
Conocido, no hubiera podido ser
partido y enajenado pero, habiéndolo sido, perdió la condición sine
qua non
para
ser considerado Solar Nobiliario. Tan sólo el incumplimiento de esta condición
basta para desmontar el sofisma del llamado Solar de Tejada. Pero hay más.
<>
En la Sentencia figuran los nombres de 22 Señores
Diviseros de Valdeosera propietarios del señorío de Tejada, los citados a
juicio -que según lo visto, no se presentaron en el Juzgado para el proceso de
apelación, y la sentencia definitiva se dio por pasada en cosa juzgada el 1 de
marzo de 1513-. Se confirma que eran diviseros de Valdeosera por el hecho de
que entre ellos se encuentra Diego Ruiz de Bucesta, cuya trayectoria puede
verse en el libro “Becerro” del
Solar, asiento correspondiente al Licenciado Diego, Clérigo Beneficiado de
Calahorra, natural de Rincón de Soto y sus hermanos; Sebastián y Salvador,
segundos nietos de Diego Ruiz de Bucesta. De la Divisa “Sancho García”
(P., 1-V-1627, V. 15, fº. 27). Dice la petición: “... Diego Ruiz de Bucesta, mi bisabuelo, se fue a vivir al lugar de
Rincón de Soto, pues el susodicho, por cierta muerte que sucedió en el lugar de
Jubera, donde a la sazón él vivía, se ausentó al dicho lugar de Rincón de Soto,
donde él y todos sus descendientes hemos estado...”.
<>
Los descendientes del Ruiz de Bucesta mencionado en el
juicio de 1511, continúan asentándose en el Solar de Valdeosera, y están
acreditados para reivindicar la devolución de los “Montes Cardines” a este
Noble Solar. Los que pueden considerarse con más y mejor derecho, el ser
propietarios de las tres cuartas partes que quedaron del “dcho seórío e térmyno de Tejada” pues, al
contrario de lo que ocurre con otros apellidos que pueden inducir a error por
homonimia, este nunca figuró en los libros abiertos posteriormente por los
detentadores de Tejada; que nunca fue “Ilustre Villa”, ni tan siquiera villa.
<>
Por cierto, los de este apellido, Ruiz de Bucesta,
fueron los fundadores de la actual Aldeanueva de Ebro, y son la causa de que en
el escudo de dicho municipio aparezca un oso
atado al tronco de un roble, y remitiéndose al Certificado dado en 1636 por Don Domingo Gerónimo de Mata,
Rey de Armas del Rey Don Felipe IV, “El
oso y el roble son Armas de Valdeosera”.
<> Tal vez fuera la
circunstancia de ver partida su dehesa, una de las
razones para que los propietarios comenzasen por estas fechas a declarar
abiertamente a Valdeosera como Solar Nobiliario, con privilegios inherentes y “Juridición civil, y criminal. Orca, y
cuchillo, mero mixto Imperio, y término redondo deslindado por mojones
reconocidos y proindiviso enalienable”. Algo que no pudieron hacer con
Tejada, tras el resultado adverso del juicio.
<>
Sobre esta partición de Tejada en 1511, alguien se permitió
escribir: “…el pleito se resuelve favorablemente a Tejada”; cuando de esta resulta perdió las
cuatro séptimas partes del territorio. ¡Anda, que si llega a ser desfavorable…!
¡Pleitos tengas, y los ganes!
<> Y en otro escrito aparece:
“Don Juan de Arellano y Doña María (que el iluminado escribano remata como
María ‘de Molina’ -la esposa de Sancho IV-), su mujer, frente a los Diviseros
de Tejada”. Ni ‘Diviseros’ ni de ‘Tejada’. En la Ejecutoria se menciona,
sin más: “un grupo de deviseros de los lugares de Cabezón, Velilla de Calahorra
y otros pueblos comarcanos”; los de este grupo sólo podían pertenecer a
alguna de las trece divisas de Valdeosera, pues en Tejada no había, ni hay,
diviseros ni libro de divisas; como lo demostró en 1755 el Alcalde Cubero de la
Real Chancillería de Valladolid.
<>
En 1473, otro Ramírez de Arellano, de nombre Alonso,
Señor de los Cameros, con gente de armas,
decidió tomar Valdeosera por la fuerza, pero los hijosdalgo del Solar acudieron a los Reyes Católicos en demanda de
justicia y así, en 1481 obtuvieron una real provisión que les confirmaba en la
propiedad de todo el territorio y su jurisdicción civil y criminal. (Documento
nº 3).
04.- SECUENCIA
04.01.-
PRIMER PASO (Año 1652)
<>
Acceder al reconocimiento de hidalguía y obtener Real Carta
Ejecutoria era, en esa época, el sueño de cualquier vecino (no tanto por el
prestigio que pudiera dar a su poseedor, cuanto por los singulares beneficios
pecuniarios y de otra índole que ello suponía). Una de las razones que
esgrimían los pretendientes, era descender (siempre por línea recta de varón)
desde tiempo “inmemorial” de
hijosdalgo de sangre. La otra: alegar su pertenencia a “Solar Conocido”. Concatenando los hechos acaecidos desde el año
1454 se puede obtener una idea de la diferencia existente entre un Solar
Nobiliario Conocido y uno pretendido.
<>
Los pecheros de la sierra camerana, pretenden que se les
reconozca una ‘hidalguía colectiva’, similar a la que ostentaban determinados
valles de Navarra (Baztán) y alguna provincia vasca (hidalgos por vizcainía). Esta ansia de los pecheros por cambiar de
Estado, desembocó en un suceso conocido como la ‘Asonada de Torrecilla’:
“Que el medio referido de
no pagarse los pechos por los vecinos sino de vienes del común dejando la
distinción en los oficios es el camino más a propósito para yntroducirse a
hidalgos con que ay muchísimos lugares donde sin pribilexio ni licencia del que
se a yntroducido esto y no se hacen Padrones y va perdiendo del todo la memoria
de los que son pecheros en tanto grado que en la Villa de Torrecilla de los
Cameros donde usan este arbitrio sin licencia del Conssº. hicieron los pecheros
un Cavildo abierto al amanecer sin llamar a él nigún hidalgo y se reconocieron
todos por hidalgos diciendo que en aquella Villa no havía ninguno que fuera pechero
de que tube noticia y la di al Fiscal de S. Mgd. con que está el pleito
pendiente en la sala”.
<> Tras la ‘Asonada de Torrecilla’, y
ese mismo año de 1652, un
Alcalde de los Hijosdalgo de la Real
Chancillería de Valladolid redacta un Memorial sobre las artimañas de los
pecheros para introducirse a hidalgos. Menciona muchas formas y lugares:
Merindades, Valles, Ciudades, Señoríos etc. Entre estos últimos apunta al Solar de Valdeosera como único Solar Nobiliario donde cabría la
posibilidad de “quedar hidalgos”
si lograsen asentarse en alguna de las “trece visas de Baldeosera”. No
reconoce ningún otro Solar, en La Rioja, poseedor de la garantía de quedar
hidalgos, por el mero hecho de estar asentados en él. Riqueza vieja es la
nobleza.
<>
Para comprobar la calidad del mencionado Solar, se desplaza
en 1654 a Valdeosera Don Alonso García
Dávila Muñoz y Carrillo, Alcalde de
los Hijosdalgo de la Real Chancillería de Valladolid. Al concluir
satisfactoriamente la visita, y tras comprobar y anotar las Divisas, escribe: “Y al fin de dicho yndice está la partida siguiente:
Y cada uno se asiente en la Divissa de que probare descender”. No hace visita a
Tejada porque sabe que se trata de una casa-granja, no un Solar Nobiliario
Conocido por la Chancillería de Valladolid.
<>
Luego está la Pragmática de 1657. “No han de gozar de aquí adelante de los dichos Privilegios, si no solo
aquellos que provaren, o tuvieren probado descender
por línea recta de varón de los
primeros a quienes se concedieron los dichos Privilegios: pero no las hembras, ni los varones dellas”. “Entre los solares señalados, por disfrutar
sus miembros de la hidalguía de sangre, merece mención especial el solar de Valdeosera”. Sigue sin
haber mención alguna a Tejada.
<>
Las consideraciones expresadas en el documento
“Práctica y Formulario de la Chancillería
de Valladolid”, de 1667, dan una idea más clara de por qué Tejada no puede
ser considerado Solar Nobiliario y Valdeosera sí:
“Lo primero se advierte que ay quatro maneras
de hidalguías, en propiedad. La una por descendencia de familia ilustre. La
segunda por descendencia de casa y solar
conocido. La
tercera, y quarta son posesorias”
“Diligencia contra la hidalguía de propiedad”
A).- “Lo primero saber si la casa y
solar cuya descendencia se pretende está sita, o no, en las partes, y
provincias que declara el litigante, que han de ser Galicia, y sus montañas, el
Principado de Asturias con sus cuatro sacadas, y merindades de Santibáñez,
montañas de Castilla la biexa, y sus valles el Señorío de Vizcaya, con las
encartaciones, la provincia de Guipúzcoa, y Álava, y sus hermandades, y alguna parte de la Rioja, donde hay las
casas de la picina y de ValdeOsera”.
B).- “Y si ha sido partida, y dividida, o enagenada, y pasada en agena
familia”.
C).- “Y sobre todo, si los dueños, y
señores della, han tenido ellos, y sus descendientes, por línea de varón…” “Y si les toca por línea masculina…”.
De todo ello resulta:
Condición A).- Para la Real Chancillería de
Valladolid -en la riojana Sierra de los Cameros- tan solo existe Valdeosera
como “Solar Nobiliario Conocido”.
Condición B).- Sobre la base de esta condición,
ocurre que el Solar de Valdeosera nunca
fue enajenado (condición sine qua non para ser considerado Solar Nobiliario), en cambio su propiedad de Tejada no podía ser considerada
como Solar Conocido, ya que el territorio fue partido y nuevamente amojonado, y
las cuatro séptimas partes pasaron a propiedad de los Arellano (Velandia), como
puede comprobarse en la Ejecutoria de 1513.
Condición C).- La Jurisprudencia dejaba claro eso
de la transmisión de hidalguía por exclusiva
línea agnaticia.
<>
Actualmente se mantiene esta línea por costumbre, que no
por ley, porque el destino de las
costumbres establecidas es subsistir aún después de desaparecer las necesidades
que las han hecho nacer. La costumbre de la grey tiene más fuerza que la
ley. Lo que de antiguo se acostumbra
hacer, ley es. La tradición es la piedra angular de cualquier civilización
digna de tal nombre; y en Valdeosera, por el hecho de mantener la constante de
registrar en el Libro Becerro a sus miembros por rigurosa línea agnaticia,
resulta muy fácil constatar una línea genética, recurriendo a los mecanismos de
transmisión hereditaria del cromosoma “Y”;
pues hay un fragmento específico del mismo que, sin sufrir recombinaciones,
permanece inalterable y se hereda en bloque (haplotipo) de padre a hijo varón, estableciendo patri-linajes.
04.02.- SEGUNDO
PASO (Año 1663)
<> Al
comprobar,
en la “Asonada de Torrecilla” de
1652, que individualmente no iban a conseguir nada, pasan a considerar la
posibilidad de lograrlo en grupo, inscribiéndose en algún Solar Conocido y aquí
surge la idea de intentar que Tejada sea considerado como tal, pues lo de
meterse en Valdeosera lo tienen crudo. Y comienza el premeditado plan, con la
apertura de un libro (Serie III.
Informaciones) donde anotar los pretendientes (firma: Payueta).
<> Adornan
los asientos,
añadiendo a los apellidos de los pretendientes, la partícula “de Tejada”. Dan por cierto el dicho de
que: “Usando falsos apellidos, muchos se
han ennoblecido”. Entre las villas circunvecinas a Tejada, y algunas más
que se apuntan a la fiesta, como Torrecilla y Lumbreras, suman 127 (y más) pretendientes
con apellidos simples (todos pecheros, como puede comprobarse por los censos de
sus lugares y el Catastro de Ensenada): Alcázar (1), Andrés (2), Aparicio (1),
Arenzana (2), Bazo-Ibáñez (1), Cámara (4), Fernández (3), Fuente (1), García (2),
Gil (2), González (3), Gregorio (6), Herreros (5), Hernáez (1). Hernández (2),
Ibáñez (5), Jacinto (1), Jiménez (5), Larios (2), Lerdo (4), López (4), Martínez (13), Matute (1), Moreno
(3), Ortega (1), Pastor (1), Payan (1), Ramos (3), Ruiz (1) y Sáenz (50). El de en los apellidos no hace nobles, sino
presumidos.
04.03.- TERCER
PASO (Año 1716)
<> Cuatro
meses después
de presentar sus credenciales ante el Rey Felipe V, en 1716, Valdeosera denuncia
que las villas que rodean Tejada: Almarza, Cabezón,
Jalón, Laguna, Muro y Pinillos, se han apoderado de su dehesa sita en los
Montes Cardines y han acordado hacer un repartimiento de 1.825 reales
entre 165 vecinos para “reparar la casa
de Tejada”. En principio, nadie respondió a la llamada pero unos años más
tarde aparece -sin que se sepa su procedencia-, un fondo de 2.072 reales- Dinero
a cambio de promesas de hidalguía.
“Vended a los necios sus vanidades, y tendréis para escuelas y hospitales”.
Los detentadores pretenden hacer la dehesa o
casa-granja de Tejada (que ninguna acreditación presentó ante Felipe V): “casa solariega e infanzona”. La
denuncia:
“Ha
llegado a nuestra noticia pretender y la quieren hacer [a Tejada] Casa Solariega e Infanzona y
para ello, a imitación de lo que se practica en este Noble Solar [de
Valdeosera] amparado ha hacer libros donde han asentado y asientan todas las
personas que han querido asentarse de las dichas Villas y otras partes así
nobles como plebeyos aunque es cierto que algún plebeyo, aunque esté allí
asentado, no se le guarda en ... lugar exención su franqueza alguna de noble, y
que han puesto y formado su audiencia con Fiscal
para hacer las tales admisiones y hecho abrir el mismo sello y escudo de Armas de que da y está dado
por blasón a este dicho Noble Solar [de Valdeosera]”.
<> También
crean un sello
o estampilla, similar al utilizado por Valdeosera. Y así, por arte de
birlibirloque la casa-granja Tejada (dehesa y señorío de los Señores de
Valdeosera) comienzan a denominarla: “La
Muy Noble Villa y Solar de Tejada”. El Blasón del Solar de Valdeosera, está
certificado en 1636 por Don Domingo Gerónimo de Mata, Rey de Armas
del Rey Don Felipe IV. Tejada no posee nada parecido, que le haya sido
concedido por algún Rey de Armas, de un Rey de España.
<> Los
pueblos circunvecinos
eran conocidos popularmente como “Villas
del Río”, pero los detentadores de Tejada -siguiendo su plan de ruta-,
pasaron a denominarlos, jactanciosamente, “Villas
Solariegas”. Esteban Oca y
Merino, en su obra: “Recuerdos de
Cameros”. Logroño, 1913, las describe así:
Almarza.
No se nombra en el privilegio del señorío de Cameros. En 1789 era provincia de
Burgos, partido de Logroño, del señorío de D. Juan Paternina.
Cabezón de Cameros. Provincia de Soria. Villa eximida de la
jurisdicción de partido. Los condes de Aguilar ponían alcalde ordinario. No se
nombra en los pueblos del señorío de Cameros, lo que hace sospechar que era
entonces aldea de San Román, como lo era en el siglo XVI.
Jalón.
Provincia de Soria. Villa eximida; de señorío secular, y con alcaldes
ordinarios, nombrados por el conde de Aguilar.- Jalón no se nombra en la
concesión del señorío de Cameros: fue dado después a Juan Ramírez de Arellano
con Pinillos, Alcocera y Arrubal, que eran de Gonzalo Fernández Dicastillo,
criado del Rey en Cameros.
Laguna de Cameros.
Provincia de Burgos (siglo XVIII), partido de Logroño. Era villa realenga
(quiere decir que no era de señorío ni de órdenes), con alcaldes ordinarios.
Muro de Cameros.
Provincia de Soria, villa eximida de jurisdicción de partido por gracia
especial; de señorío secular, que pertenecía al conde de Aguilar, quien
nombraba alcaldes ordinarios.- Se llamó Muro del Conde.
Pinillos.
Provincia de Soria. Villa eximida de la jurisdicción de partido por gracia
especial, de señorío secular, perteneciente al Duque de Santisteban, que
nombraba alcaldes ordinarios.- Véase Jalón.
<> Para
Madoz -autor progresista, en su
‘Diccionario Geográfico-Estadístico-Histórico de España y sus posesiones de
ultramar’ (1849)-, Tejada es simplemente:
"Una casa solar con jurisdicción exenta y parroquia compartida con
Velandia. Un vecino, siete almas”. Nada de villa ilustre. Y en un asiento
realizado en 1772, se lee: “Francisco,
Juan Domingo y José Escolar y Sáenz, vecinos de Velandia, dehesa de
Valdeosera, y naturales de Rabanera de Cameros, hijos de Felipe e Isabel,
naturales y vecinos de id. Divisa “Pedro Sáenz de Velilla”.
<> No
obstante, alguien de la cuerda de Tejada escribió recientemente que: “Tejada podía considerarse una villa en el
sentido productivo del término. Era una unidad de producción básicamente ganadera”. Pura fantasía sin sentido pues no hay nada que lo respalde; a no
ser que se refiera al hecho de que en
1761 estuvo habitada tan sólo por: ‘María
Cruz Clemente, rentera de Tejada, viuda -del estado general-, con más de 60
años, que malvivía sumando a tan precaria labranza el producto de cinco cabras
y un cerdo por toda ganadería.’[3] Este
es el ‘nobiliario’ de la casa-granja de
Tejada. Es de suponer que esta persona, como única residente en el “noble lugar”, ostentaría todos los
oficios (por los dos estados, claro) de tan “Ilustre Villa”, además de tener a su cargo la custodia de sus
“importantes documentos”, amén de las cinco cabras y el cerdo.
<>
Valdeosera es mencionada por numerosos autores, y en cantidad
de documentos que el propio Solar ha generado y que se encuentran en la Real
Chancillería de Valladolid, en el Archivo de Simancas y en el Archivo Histórico
Nacional. Sobre Tejada y su supuesta Carta
de privilegio y confirmación dada por los Reyes Católicos al linaje de Tejada
en 1491, no dicen nada. Entre otros:
Fray Athanasio de Lobera[4], 1596.
El Licenciado Salinas[5],
1601. Mauro Castellá Ferrer[6],
1610. El Doctor Joseph González Tejada[7],
1702. El Padre Fray Mateo de
Anguiano[8],
1704. Ilmo. P. Minguella[9],
1011. Francisco Ruiz de Vergara y Álava[10],
1111. R. P. Fr. Pedro Morote Pérez Chuecos[11],
1242. Real Chancillería de Valladolid.
Memorial, 1652. Archivo
de Simancas. Alcabalas, 1561. Félix Lope de Vega[12],
1609. Julián Cantera Orive[13],
1943. Archivo de la Catedral de Calahorra[14],
1384. Licenciado Martín Gil[15],
1551. García Alonso de Torres[16],
1501-1600. Jorge de Montemayor[17],
1520-1562. Juan
Baños de Velasco y Acevedo[18],
1615-1682. Juan de Mendoza[19],
1633-1690. Domingo Gerónimo de Mata[20],
1636. Juan Francisco de Hita[21],
1641-1655. Juan Baños de Velasco y Acevedo[22],
1682. Jerónimo de Villa[23],
1690. Licenciado Juan Joseph de Salazar y Hontiveros[24],
1722. Tomás Francisco de Monleón y Ramiro de Luna[25],
1727.
<> En los
documentos manuscritos mencionan a Valdeosera:
“Ay un libro que trata de la descendencia y genealogía de esta Casa (de
Valdeosera) y ponen los descendientes della, Justicia de Alcalde Mayor y
Hordinario con los Diputados y Procuradores, Fiscal y otros Oficios, todos de
los Señores que se nombran en las Juntas que se hacen cada año el día de San
Felipe y Santiago, y en este Libro no están assentados ni se assientan sino
solo los descendientes legítimos de los dichos Solares. Y este Señorío tiene
Término Redondo con Juridiçión Civil y Criminal, Alta y Baja, y Mero y Misto
Imperio, el qual dicho término goçan estos con sus ganados, yerva, leña y
fusta, y tienen sus renteros y basallos, que les dan rentas de pan, pressentes de aves y tortas en
reconocimiento de basallaxe”.
<> Este “presente de aves y tortas” se mantuvo
hasta finales del siglo XX, no ya como señal de vasallaje sino por costumbre. Y
en el año 1872, siendo el Solar de Valdeosera jurisdicción municipal de la
villa de Hornillos, se realizó una: “Escritura
de arrendamiento por tiempo de cuatro años, pagando en cada año ciento treinta
y nueve fanegas de grano y treinta y
nueve pollos por todo el Solar y su jurisdicción”.
<> El Archivo Capitular de Calahorra, aporta información sobre el territorio que abarcaba la
Diócesis en el año 1551. Entre otras comarcas citadas, aparecen los Cameros con
las siguientes villas:
Camero Nuevo: Nestares, Torrezilla, Ribavellosa,
Almarça, Pinillos, Gallinero, Aldeanueva, Villanueba, Pradillo, Nieba, Rasillo,
Ortigosa, Villoslada, Lumbreras y San Andrés.
Camero Viejo: Laguna, Cabeçón, Rabanera, Ajamil,
Badillos, San Román, Torremuña, Xalón, Vililla, Larriba, Muro, Torre, Sancta
María, Montalbo, Lueças, Terroba, Soto, Treguajantes, Valdosera y Trebejano.
<> Tejada no aparece como villa. Valdeosera sí, y se constata que tiene: 13 vecinos, 1
parroquia, 2 ermitas y 1 cofradía. La describe a continuación:
“El
dicho pueblo es de treze vezinos; es de muchos señores. La yglesia se llama
Sancta María; es bendezida. Tiene la fábrica de primiçia (al margen: reçetiba)
quatro mill maravidís. La yglesia es reçetiba. Ay dos benefiçiados: Joanes de
Vililla y Martín Martínez, cura, syrve por los dos. (al margen: 3) Bale la
raçión syete mil maravidís. Su señoría tiene el terçio; (al margen: C) el
arçipreste tiene quinze çelemines de çenteno y çinco medias de trigo y dos
corderos; la pilla una fanega menor. Ay dos hermitas y una cofradía syn renta.
No ay otra cosa”.
<> El
documento alcabalas de Valdeosera, del año 1561 -que se encuentra en el
Archivo de la Chancillería de Valladolid- habla de “trece solares o devisas” y que la propiedad es de estos “hidalgos personas libertadas”. De
Tejada ni mención; ni alcabalas, ni solares, ni divisas, ni propiedad, ni
hidalgos, ni…
<> Y la
información del Catastro de Ensenada sobre el “Estado de las especies de tierra, calidades, productos reducidos a
reales de vellón y clases a que corresponden las tierras de la Villa Noble y
antiguo Solar de Baldosera y su
término”, realizado en 1752 (Fg. 07), ocupa un volumen de quinientas
páginas. Doce casas estaban ocupadas por
Nobles, y una por un vecino del estado General. El total de habitantes era de
sesenta. ¿Dónde
está el volumen correspondiente a la imaginada “villa de Tejada”? ¿Y los
miembros de su Junta con sus nombramientos? De la casa-granja de Tejada,
tan sólo aparece una mención en el censo de Laguna de Cameros. En la revisión
de 1541 del Censo, aparece mencionada Tejada, y dice que:
"ay hasta ciento y quarenta vezinos
pecheros con biudas y menores" (sin incluir los hijosdalgo); “en este
número se incluye el único vecino
morador de la casa-granja de Tejada
que andan juntos a lo del Real Servicio”.
04.04.- CUARTO
PASO (Año 1736)
<> Las
villas circunvecinas tras
apoderarse de la casa-granja Tejada; se deshicieron de la primitiva labra
armera existente en la fachada principal -fechada año 1542, propiedad de los
señores de Valdeosera-, y, vendida en 1736, fue a parar a la villa de
Lumbreras. Su ubicación se hizo pública en un libro editado en 2008, no
obstante, once años después de esta fecha, cierto personaje con “muy poco rigor histórico” y menos “luces”, cual si descubriera el
Mediterráneo, proclama haberla localizado en la fachada de un edificio de
Lumbreras. ¡Qué lumbrera! Lo único que parece ser capaz de descubrir este
descubridor es… la tapa de un puchero.
<> En su
lugar pusieron una labra armera, que Maldonado la cita y data, en su
obra de 1949, como: “Piedra armera en
Tejada. Alabastro. Siglo XVI”.
Prueba de que no fue hecha por encargo -como pregonan- en el S.XVIII. El Alcalde de Hijosdalgo, Don
Juan Xavier Cubero, desplazado a Tejada desde la Chancillería de Valladolid en
1754, al “hacer la vista ocular y reconocimiento de la Casa que se dice
Solar de Tejada”, menciona un escudo de alabastro que hay sobre la fachada lateral de dicha casa, de dos
varas de alto y cinco cuartas de ancho, y que al describirlo dice: “...abrazando
todo el dicho escudo, la figura de una cruz de la dicha Orden de Santiago”.
<> Clara
muestra de su procedencia; conseguida de un Caballero de Santiago
(posiblemente divisero del Solar de Valdeosera), que de haber sido obispo, bien
pudiera llevar un capelo. Así que, tal parece que todos los que se apuntan en
Tejada ingresan automáticamente en la Orden de Santiago. De haber llevado el
capelo, también podían declararse Nuncios Apostólicos. Es de advertir que el
Blasón del Solar de Valdeosera no lleva acolada la Cruz de Santiago, y si acaso se viera alguno con ella, significaría
que pertenece a un Divisero de este Solar que ingresó en esa Orden.
<> Además,
se aprecia en dicha labra un oso
atado al tronco (no a una rama) de un pomposo roble (los tejos son más puntiagudos) y trece Cruces de Santiago; un atributo este que fuera añadido por el
Solar de Valdeosera a principios del siglo XVII. Claras evidencias de su
pertenencia a un Caballero de Valdeosera.
<> Por
cierto, algo de razón tenía ese “personaje,
caracterizado, por su falta de rigor y tendente a confabular interesadamente”
(calificativo dado por un ‘caballero' de
mohatra a cierta persona, que se despachó replicando: ‘Bien sé qué perro me ladra’), cuando tras sus comentarios,
comenzaron a caerse algunos atributos de lo que ellos llaman ‘escudo del solar
de Tejada’. La verdad es el arma de la gente honesta. Si acusas con la verdad,
con la mentira te acusarán. Y así han surgido representaciones sin la Cruz de
Santiago acolada ¿acaso les ha llamado al orden la propia Orden de Santiago?, y
sin la segunda bordura ¿será el reconocimiento de que tampoco les pertenece?; y
es que ya se sabe: “El que de ajeno se
viste… en la calle lo desnudan”.
04.05.- QUINTO
PASO (Año 1737)
<> Los involucrados,
proclaman su pertenencia a un supuesto solar nobiliario. En el Padrón de
Almarza realizado en este año, aparecen registrados en el Estado General los
siguientes “de Tejada”: Juan Manuel
Baliente ‘de Tejada’, Bartolomé Moreno ‘de Tejada’, Dn. Domingo Moreno ‘de
Tejada’, Francisco Moreno ‘de Tejada’, Pedro Moreno ‘de Tejada’, Diego de
Quadra ‘de Tejada’. Todos argumentan la misma martingala: “Sin embargo de tener su aszendenzia en la Ylustre Casa Solar de
Tejada, por no aver echo las diligenzias correspondientes, se alla en el estado
general.” Situación que se repite en 1752, con el Catastro de Ensenada
donde aparecen numerosos vecinos, encuadrados en el Estado General -que han
realizado oficios pecheros sin haberlos protestado- y alegan ser hidalgos por
figurar en las listas de Tejada, pero que ‘tienen pensado iniciar pleito’. “Vanidad humana, pompa vana: humo hoy y polvo
mañana.”
04.06.- SEXTO
PASO (Año 1749)
<>
Entrado el año 1749; tres personajes con el añadido “de Tejada” a sus simples y patronímicos apellidos (Miguel, Juan
Fernández y Domingo),
presentan una Cédula ante el Rey Fernando VI, donde -por vez primera en la historia y como surgido de la nada- aparece un documento llamado,
explícitamente: “Confirmación de
Privilegios, otorgada por los Reyes Católicos en 1491” (Fg. 03) el cual incluye un texto
que se dice transcrito de un inexistente documento supuestamente otorgado por
Enrique IV en 1460, que a su vez hace mención a Valdeosera (sic) y Tejada; en
este orden.
<> A pesar
de no contar con aprobaciones de monarcas anteriores (como era
preceptivo), pero hábilmente engrasado para su presentación en sociedad, cuela,
y el Borbón (tercero de su dinastía) recaudó 11.244 maravedís para sus Reales
Arcas. Y así, este documento se convierte en la base sobre la que se sustenta
la pretendida razón de ser del autodenominado ‘Solar de Tejada’.
<> Lo
firman los RRCC.,
(?) y lo confirman 94 personajes más (no se quedaron cortos, no, a la hora de
poner confirmantes), con calidades diversas: ocho Duques, cinco Marqueses (sólo
faltó a la cita Don Mendo, el de la
venganza), treinta y cuatro Condes, dos Vizcondes, dos Maestres, tres
Arzobispos, veintiséis Obispos, un Prior, un Rey de Granada (?), un Comendador,
cinco Adelantados Mayores, un Contador Mayor, un Almirante, tres Señores y un
Notario Mayor. Dicen que la firma fue realizada en la Vega de Granada. Sería a
la intemperie, porque de haberlo hecho a cubierto, la tienda de campaña de los
Católicos Reyes se asemejaría al camarote
de los hermanos Marx. También es
posible que alguno de los supuestos confirmantes tuviera el mismo don que el
Rey Don Enrique IV, y no estuviera presente ese día en la Vega de Granada.
<> Este
extremo bien debiera ser estudiado por un experto; analizando, uno por
uno, si ‘son todos los que están y están todos los que son’ porque, sin ir más
lejos, en la transcripción que dan del documento incluyen como confirmante al “Conde de Osuna”, y resulta que dicho
condado no existe. En realidad, lo que existe es el ducado de Osuna, pero fue
creado en 1562; setenta y un años con posterioridad a la fecha puesta en dicho
documento.
<> Hace
falta mucha imaginación para llegar a entender, cómo fue posible conseguir
un documento así, en las condiciones que se daban el año de su datación (1491).
Habida cuenta de que estaban en un campamento militar, en guerra contra un
enemigo que no había rendido la plaza de Granada. ¿Cuándo, dónde, cómo y por
quién fue redactado?
<> Resulta
extremadamente difícil imaginarse a tantos personajes, sin otra cosa que
hacer que dar su conformidad a lo solicitado por tres desconocidos (Miguel de Texada, Juan Fernández de Texada
y Domingo de Texada) que pasaban por ahí. Porque no consta y
nada induce a pensar que hubieran acudido -con sus mesnadas- en ayuda de
los RRCC. “Blasón sin mesnada, nada”.
<> Por
cierto; dicho documento carece -y no hay
vestigio alguno de haberlo tenido incorporado- del Sello Real de plomo (que
forzosamente debía acompañarlo) pendiente de cintas de seda de distintos
colores. Quizá esa ausencia pueda deberse al sano temor de que; falsificar un
documento, llevando incluso un sello rodado, fuera un acto delictivo, pero
llegar a falsificar un Sello Real se pagaba con la pena capital.
<> En la
historia que cuentan,
han introducido el nombre de Valdeosera para darle más credibilidad a su engaño
y, como en la casa
Tejada no tenían documento alguno que certificara la posesión de Blasón,
suplieron esta carencia presentando un traslado del Certificado del
Blasón del Solar de Valdeosera, dado
en 1636 por Don Domingo Gerónimo de Mata Rey de Armas del Rey Felipe IV. Sacado
del Libro del
Becerro donde está la Antigüedad de la Nobleza de España, cuyas: “Armas y Apellido están puestas y
escriptas en el Libro Quinto de Blasones, a foxas trescientas y cinquenta y
tres”. “Y así el Rey le dio a este Cavallero, el Blasón de Armas”. “…en
el quarto quartel, ansí mesmo en campo de plata, un roble, de sinopla, y
a él ligado, un oso, al natural, con una cadena de yerro o arjen”. Y
como dato final añade que: “El oso y el roble son Armas de Valdosera”.
<> Pero
hacen trampa
y resulta que la copia presentada la falsean para adaptarla a sus pretensiones
y no se ajusta al contenido del original. Ningún escribano contrastó el contenido de
dicho documento con el Certificado de Don Gerónimo de Mata, que se adjuntaba,
para ver las notables contradicciones existentes entre ellos; ni dio fe de que ese
traslado concordase con su original, ni lo signara en testimonio de Verdad. ¿De
dónde copiaron este documento? ¿Por qué no lo compulsaron? El Rey Felipe IV, el
19 de noviembre de 1648, prohibió
que se extrajeran documentos del Solar de Valdeosera y que, a costa de quien
solicitara una copia: “…baya
al dicho Solar y açiéndo juntar en él al Alcalde mayor procurador fiscal y
escrivano y demás personas a cuyo cargo estubiere el dicho archivo hga Compulsar
y Compulse…” ‘Vil es quien hace vileza, aunque blasone de
nobleza’.
<>
Pretenden nobleza
pero actúan como villanos (buitres y villanos, primos
hermanos). Para alcanzar el final
feliz se saltan la moralidad y, a través de la mentira y el engaño,
recurren a argucias en un execrable ejemplo de arribismo nobiliarista. Honra
con ropa prestada no vale nada. Una cosa es tener honra, y ser honrado es otra.
El villano es corto de razones y largo de malas intenciones. Aires de grandeza: hidalgos
ficticios y nobles de fantasía.
<> En la
transcripción no sólo omiten que fue dado al Solar de Valdeosera y no a Tejada
(que ni se menciona en él), omiten también frases que aparecen en el original,
como la de que: el oso y el roble son
Armas de Valdeosera, y en su lugar ponen: un oso atado a la rama de un tejo. Desaparece la referencia a las
divisas: siendo condición y bínculo de
que no se pudiese acrecentar vecindad, ninguna más de las trece Casas y Solares
y Divisas, que así se llaman, de do descienden todos los subcesores, por vía de
barón. Y otras alteraciones, entre las cuales se encuentra la apropiación e
inclusión de la segunda bordura, con la leyenda, añadida por el Solar de
Valdeosera en 1644: laudemus viros et
parentes nostros in generatione sua. De que hay constancia por la visita a vista de ojos, realizada por el
licenciado don Diego Castrillo y Rivero, en su visita judicial al Solar.
<>
Alevosa y premeditada maniobra la de falsear y presentar
como propio, un Certificado que para nada incluye mención alguna a Tejada. La
respuesta puede estar en el hecho de que: el Solar de Valdeosera sí consta en la
Real Chancillería de Valladolid como Solar Conocido y Tejada no figura como
tal; incluyendo el nombre de Valdeosera intentan
conferir carácter de validez a su pretensión. Es una paradoja. ¿Por qué, si no,
presentan adulterado un Certificado que únicamente menciona y atañe al Solar de
Valdeosera?
<> Algunas
‘incógnitas interesantes’ sobre esta supuesta carta de privilegio y
confirmación de los Reyes Católicos al linaje de Tejada: En la revista Hidalguía nº 533 (invierno 2013) los
profesores don Juan Carlos Galende Díaz y don José María de Francisco Olmos
publicaron un meritorio estudio, realizado desde el punto de vista paleográfico
y diplomático, de la supuesta Carta de
privilegio y confirmación dada por los Reyes Católicos al linaje de Tejada en
1491.
<> Sobre
ese asunto
se deben aportar algunas precisiones históricas -las que vienen a ser la otra
cara de una misma moneda-, con el fin de ayudar a conocerlo mejor, estudiándolo
desde otros aspectos relevantes.
“Es más de estimar la virtud que el
linaje”.
<>
Entrando en materia:
Existen fundadas razones para dudar de la autenticidad de los dos documentos
tejadinos llamados de Enrique IV, de
1460, y de los Reyes Católicos, de
1491. Esa autenticidad ha sido puesta en tela de juicio por no pocos
historiadores porque, pese a su regia apariencia, nadie ha sido capaz de
encontrar el primero ni de demostrar su existencia; mientras que el segundo de
ellos ha permanecido en un archivo privado.
<> El siguiente fragmento forma parte de la mencionada carta enviada, en el año
2019, por el Jefe del Departamento de Referencias del Archivo General de
Simancas. Sobre el documento de RRCC:
“…el privilegio no es auténtico y
es una de tantas falsificaciones, probablemente del siglo XVII o XVIII”.
“Una de las razones en las que se
basa esta afirmación es la cantidad de expresiones impropias y anacrónicas que
en él aparecen y la mezcla, sin ningún rigor diplomático, de varios tenores
documentales utilizados a lo largo de la edad media y moderna en los distintos
tipos de mercedes o confirmaciones despachadas por la Cancillería
Castellana, así como la reiteración de las mismas a lo largo del documento”.
La ausencia del registro del
documento en la época de su concesión en las distintas secciones del Archivo
General de Simancas y la inexistencia de petición de copia autenticada
legal a lo largo de los siglos posteriores al Archivo, única
institución que tuvo y tiene dicha facultad, puede considerarse como otra razón
de peso que avale la teoría de la falsificación”.
<> Estas irregularidades y “expresiones
impropias y anacrónicas” las pretendió justificar -trescientos años después
de la denuncia hecha contra las villas circunvecinas a Tejada- cierto personaje
de su nómina, ensalzando la certeza y verdad de este pretendido ‘evangelio’ (cuya ‘autenticidad’
proclaman en público pero la niegan en privado) comparándolo con la Sagrada
Biblia; por los errores y falsedades, dice, que ambos contienen. Su
desaparición es debida -dice el tejadino- al temor a que se descubra la
superchería:
“La substracción (sic) del documento
original firmado por Enrique IV de Castilla, que tuvo lugar ya entrado el siglo
XX, pudo tener como causa primordial la de obstar su estudio crítico y la
posible invalidación subsiguiente por los historiadores más serios”
<> Por
eso, sin duda,
los profesores Galende Díaz y De Francisco Olmos han dicho que el documento de
Reyes Católicos es auténtico en su
formalidad y realización. Pero evitan entrar en el fondo del documento, que
es el de su autenticidad real. “Formalmente
el documento que tratamos puede parecer auténtico, aunque no lo sea”.
Obviamente, un falsificador de moneda que se precie no se le escaparía poner
Banco de España con uve. Así que esta autenticidad
formal no puede servir de base para que alguien afirme que sea un original.
<> Resulta
que en las más de
treinta y cinco mil setecientas cincuenta
páginas que conforman el archivo de Valdeosera (un Solar Nobiliario Reconocido,
con documentos del siglo XV), la primera mención al supuesto documento de los
Reyes Católicos tiene fecha de 1783 cuando, concluido un juicio en la
Chancillería de Valladolid (años de 1776 a 1783) sobre la pertenencia de dicho Solar con
su término, jurisdicción alta e baxa, mero y mixto imperio a dichos Caballeros
Diviseros del mismo, -y un
mes antes de que se dictara la sentencia favorable a estos, por mor de
testimonios y documentos presentados-, el licenciado don Pedro García
Montenegro, fiscal de S.M, pide que se presentase la Confirmación de Reyes Católicos (8 de agosto de 1491), que existe en el Pleito que sobre su
Hidalguía siguieron en esta Chancillería Joseph, Antonio, y Pedro Gregorio,
vezinos de la villa de Laguna de Cameros. Los diviseros de Valdeosera argumentan que dicha carta y dichos
hermanos Gregorio, nada tienen que ver con este Solar de Valdeosera.
<> La intromisión del fiscal del Rey sorprendió a los diviseros de
Valdeosera, y alegaron no saber nada del documento que mencionaba, ni que
pudiera ser de utilidad para su defensa en el pleito que se seguía. Esta intromisión del fiscal, inculcándose en otros
incidentes, resultaba sorprendente y
desconcertante para los diviseros, puesto que entre los instrumentos
presentados para su defensa no figuraba confirmación de privilegios alguna; y
porque, además, había quedado claro que las dichas confirmaciones no
servían para justificar un derecho a la propiedad del Solar.
<> No hay
pleito de hidalguía
ni documento alguno anterior a esta fecha de 1749, que mencione o aluda a esos
supuestos documentos reales de 1460 y 1491 (ni al supuesto solar de Tejada),
por contra, resulta chocante comprobar que muchos de los datos de su contenido
son copia casi literal de lo escrito por fray Atanasio de Lobera en 1596
<>
Recordemos que,
con la entronización del primer Borbón (1700), se expidió un real decreto
mandando que todas las villas y lugares sometiesen a confirmación sus
ordenanzas y privilegios. Las que habían tomado partido por el perdedor de la
guerra civil -el Archiduque Carlos- se vieron despojados de ellos. En La Rioja,
la villa de Valdeosera fue el único Solar Nobiliario Conocido que presentó
documentación para demostrar la pertenencia del mismo a los señores diviseros
de él; pero no fueron esos importantes
documentos atribuidos a Don Enrique IV y a los Reyes Católicos los
aportados, sino sus Ordenanzas Viejas, de
1579; con ello, Valdeosera obtuvo real provisión del Rey Don Felipe V,
fechada el 22 de septiembre de 1716, para: “el
dicho Solar e Villa de Valdeosera, con todos sus vasallos e jurisdicción civil
e criminal, horca e cuchillo, alto e bajo, mero mixto imperio”.
<> En
nombre de la posteriormente autollamada “villa o solar de Tejada”; la casa-granja Tejada, como dehesa de
Valdeosera que era, nunca tuvo jurisdicción, ni ordenanzas ni nada parecido y
no disponía de documento alguno que la acreditase como Villa o Solar Nobiliario
y, obviamente, nada presentó. Se perdió así ¡qué cosas! una buena ocasión para
dar a conocer los supuestos documentos de Don Enrique IV y de los Reyes
Católicos ¡si es que ya existían en esas fechas!
<> Luego,
además, está el escudo de armas, porque el epónimo fundador del linaje
Tejada (de teja) del Solar de Valdeosera, no tiene relación alguna con un tejo,
y es por ello que en su blasón no figura dicho árbol sino un heráldico roble;
como lo confirman, entre otros:
Don Domingo
Gerónimo de Mata,
Criado del Rey Nuestro Señor Don Felipe Quarto de este Nombre, y su Rey de
Armas, que en 1636 escribe: “y en el quarto quartel, ansí mesmo en
campo de plata, un roble, de sinopla, y a él ligado, un oso, al
natural, con una cadena de yerro o arjen”, “el oso y el roble son Armas
de Valdeosera”.
El poeta Jorge de Montemayor, portugués (1520-1562), Cronista, y Rey de Armas
del Señor Don Felipe II, escribe: “Fernández,
son Señores de Baldosera”, “de plata con una línea verde y en él un roble”. “Sáenz, son de Baldosera”, “en bajo
de sineistra de plata también dividido con una línea berde de oro de la cruz y
un roble un oso atado con una cadena de yerro”.
D. Tomás
Francisco Monleón
y Ramiro de Luna, Boch y Jordán, Doctor y médico de cámara con ejercicio de los
reyes D. Felipe V (1700-1746) y D. Fernando VI (1746-1759), dice: “Baldosera, Valdeosera”, “4º De oro con árbol de sinople, atado a éste un oso”.
D. Jerónimo de
Villa,
Rey de Armas del Rey Don Phelipe Quarto, en su Nobiliario, dice: “Yegros. Son muy antiguos y calificados
hijosdalgo, naturales de Baldeosera, descienden de los Yécoras (Iécoras) estos
y los Yegros el qual es uno de los treze solares de dicha Valdeosera”, “y el
quarto assí mismo de plata con perfil sinople y roble sinople con un osso
atado con una cadena al tronco”.
D. Juan
Francisco de Hita,
Rey de Armas de Su Majestad Cathólica el Rey Don Phelipe el 4º nuestro Señor,
dice: “…este caballero, el qual en dicho
Valdosera hiço, y fundó, dichas treçe casas para vivienda de los dichos sus
treçe hijos”, “el quarto también de plata (con una línea de color en medio de
ambos quarteles para que los divida) y en él un roble, de sinopla, con su fruto de bellotas de oro, y atado al tronco en forma de pasante un osso de su color natural con una
cadena azul que tire a Azero”. “Cenzanos,
estos Çençanos son de Valdeosera”, “un
roble verde y al pie del un osso
de su color atado con una cadena de
oro”.
D. Juan de
Mendoza,
Rey de Armas de Don Felipe IV, de la Casa de Austria (1621-1665), en su “Nobiliario” al describir el blasón del Capitán Diego
García de Yanguas, dice: “4° de
plata con roble verde y un oso natural a él atado con una cadena de plata”.
El Licenciado
Salinas,
en 1601 escribe: “En reposteros, y
Escudos de algunos de los Señores de Valde Osera”, “también un Roble con un Oso ligado a una cadena”.
<> En
cambio, sobre el escudo que aparece en el supuesto privilegio de los Reyes
Católicos, más de una autoridad en los estudios heráldicos opina que su
composición no es anterior a la época de Don Felipe II (1556-1598) (de Enrique
IV, de 1460, nada); y así, al describir el cuarto cuartel, se lee: “en el cuarto campo que es también plateado,
está un árbol que se llama texo, y
en él está atado un oso, con una cadena a una
rama del árbol, que significa la que cortó Sancho de Tejada, cuando se le
quebró la lanza…”
<> Otro
dato significativo surge, al comprobar que el tema del tejo es una mala
copia sacada de la citada obra Abrahan de
La Rioja (1702). En ella no hay referencia alguna a los hipotéticos
documentos del Rey Don Enrique IV (1460) y RRCC (1491), no obstante, en la
página 329, punto 3, se lee lo siguiente:
“El apellido de Texada le vino de el suçesso
siguiente. El Rey Don Alonso el Casto, segundo de el nombre, acometió con su
Exército a otro de Moros muy numeroso, que estava campado cerca del Valle
referido de Vielso, contra los Cathólicos. Acompañávale Sancho Fernández, Cabo
muy principal del Cathólico Exército, y acometiéndose las dos opuestas hazes, y
peleando con el mayor valor D. Sancho, se le quebró el hierro de la lanza, y
tomando en las manos el asta (que era de
Texo, Arbol muy hermoso, y de que ay muchos, assí en el Valle de Vielso,
donde Don Sancho era Castellano, como en la Sierra de los Camberos, donde tenía
su principal Casa, y Señorío) mató, y hirió tantos Moros con ella, dando en
ellos tan fuertes golpes, que admirado el Rey, dixo: Las texadas que da Sancho!
y de aí se llamaron Texada, y
tomaron su Casa Solariega de los Camberos, y Villa que fundó en el Castillo del
Valle de Vielso, este lustroso apellido, que se conserva en sus descendientes”.
<> De todo
ello se desprende,
que los creadores del documento (supuestamente concedido por los RRCC en 1491),
lo copiaron en 1749 de la obra realizada por el doctor González Texada en 1702.
Que no a la inversa. Para ello cambiaron
el lugar del suceso, Valle de Vielso,
poniendo: “hízole Señor de los Montes
Cardines en donde se defendió del riesgo, e por los muchos tejos (en
realidad, hay cuatro contados y están protegidos) que allí había, e porque cogió cuando se le quebró la lanza, se llama
la montaña de Tejada”.
<>
Vieja historia, ya contada en 1248 tras la toma de Sevilla cuando el caballero Diego Pérez de Vargas, rompió su espada y desgajando una rama de olivo, la emprendió a golpes contra una tropa de moros. Sus
compañeros le jaleaban al grito de ¡Machuca, Vargas, Machuca! De ahí el nuevo
apellido para él y sus descendientes.
<> Historia que ya sacara a relucir Don Miguel de Cervantes, en
el capítulo VIII de su obra “El ingenioso hidalgo Don Quixote de la Mancha”,
publicada en 1605. Don Quijote, le comenta este suceso a su escudero y añade: “Hete dicho esto porque de la primera encina o roble que se me depare pienso
desgajar otro tronco tal y tan bueno como aquel que me imagino, y pienso hacer
con él tales azañas, que tú te tengas por bien afortunado de haber merecido
venir a verlas y a ser testigo de cosas que apenas podrán ser creídas”.
<> Pero es
que aquí,
en el caso de Tejada, la gramática también juega su
papel pues, etimológicamente, el vocablo formado
por derivación del primitivo denominado tejo, no es, precisamente, tejada;
es tejoda, y los que se dicen descender de un señor que masacraba
moros blandiendo una rama de éste árbol debieran -en buena lógica- ser
apellidados “Tejodas”. Cuestión semántica, sin ánimo de ofender.
<> Según
varios autores genealógicos, la etimología del nombre
Tejada viene de la palabra castellana ‘Teja’, derivada a su vez del vocablo
latino “tegula” y este del verbo,
también latino “tegere” que significa
‘cubrir’. Numerosos autores coinciden en identificar con el apellido ‘Tejada’ o
‘de la Tejada’ a la persona procedente del lugar donde se fabricaba este objeto
o bien, que lo utilizara para cubrir su casa sustituyendo así las lajas de
pizarra usadas comúnmente. De aquí la denominación a la persona como el de la
casa tejada, el de la tejada o, simplemente ‘Tejada’. Y concluyen afirmando que
Tejada es un: “Linaje castellano, del
Solar de Valdeosera (Logroño)”. Es de este epónimo Señor Tejada del que
descienden los diviseros de dicho Solar
de Valdeosera.
<>
Un apellido derivado de teja, la
cual más allá de un simple objeto arquitectónico, es un elemento cargado de simbolismo, principalmente representando la
Casa (entendida esta como un operador social, más que como una
construcción). Como entidad protectora del grupo doméstico. La teja es,
pues, signo de propiedad y símbolo de la casa y de sus derechos; con o sin
confirmación de privilegios, ya que la propiedad habría sido obtenida como una aprisio o presura, durante la ocupación de terrenos
deshabitados en la época de la Reconquista en La Rioja. O concedida como
recompensa, contraprestación o pago de los heroicos esfuerzos y señalados
servicios de los antepasados de los diviseros de Valdeosera.
<> En
Roma,
el tamaño de las viviendas no se medía por los metros cuadrados de suelo sino
por el número de tejas que protegían la cabeza del propietario.
<>
Respecto a la afirmación que aparece en el informe, de que dicho
supuesto documento de los Reyes Católicos otorgó
a los pobladores de los solares por fin una plena seguridad, ya que desde
entonces no volvieron a tener problemas con los señores de la zona, baste
decir que tan solo la villa de Valdeosera tenía pobladores entonces -por eso
era villa-, aunque aparezca entre las concesiones enriqueñas, nunca fue poseída
por los Arellano y cuando, hacia 1473, el Señor de los Cameros, con gente de armas, decide tomarla por la
fuerza, los hijosdalgo del Solar no recurren al contenido de ese supuesto o
imaginario documento de Don Enrique IV, ni argumentan ser behetría para
defenderse del Arellano. Pues, aunque hay quien mantiene que sí lo eran e
incluyen a Tejada, no han señalado documento alguno
que avale esta sugerente hipótesis.
[1] “Recogido, y Compuesto
por Manuel Fernández de Ayala Aulesia, Escrivano de su Magestad, y Procurador
del Número de la dicha Chancillería”. Dirigido a la Real Chancillería,
Presidente y Juezes della. Con Privilegio. En Valladolid: En la Imprenta de
Joseph de Rueda. Año 1667, (Edición facsímil
realizada en 1998).Magestad, y Procurador del Número de la dicha
Chancillería”. Dirigido a la Real Chancillería, Presidente y Juezes della. Con
Privilegio. En Valladolid: En la Imprenta de Joseph de Rueda. Año 1667, (Edición facsímil realizada en 1998). (Fgs.
1 y 2).
[2] “Las Instituciones
Nobiliarias Riojanas: Un capítulo de la Historia Institucional de La Rioja y el
Derecho Nobiliario Español”. Instituto
Salazar y Castro – Madrid. Hidalguía 1995.
[3] EL MARQUESADO
CAMERANO DE TEJADA-SAN LLORENTE Y LOS VELANDIA. Ernesto Reinares Martínez.
BERCEO nº 140 (2001), p. 247.
[4] “Historia de
las Grandezas de la Muy Antigua y Insigne Ciudad, y Iglesia de León”. En la
Ciudad de Valladolid, por Diego Fernández de Córdoba, Impresor del Rey nuestro
señor. Con Privilegio, 1596.
[5] “Sumario de
la Batalla de Clavijo”.
[6] “Historia del Apóstol de Iesus Christo Sanctiago
Zebedeo Patrón y Capitán General de las Españas” Biblioteca del Monasterio de Yuso (La Rioja).
[7] “Historia de Santo
Domingo de La Calzada, Abrahan de La Rioja”
[8] “Compendio
Historial de la Provincia de La Rioja, de sus Santos y Milagrosos Santuarios” Segunda
impresión. En Madrid. Año 1704.
[9] Bec. gal.4, cap. V, got. 105.- Cod. del
Ilmo. P. Minguella, doc. 81
[10] “Vida del Ilmo. Sr. Don Diego de Anaya Maldonado,
Arzobispo de Sevilla” “Historia del Colegio Viejo de San Bartolomé de Salamanca
de Diego de Anaya y Maldonado” B.N.
Sig. 4/12792.
[11] “Antigüedad, y Blasones de la Ciudad de
Lorca, y Historia de Santa María la Real de las Huertas”
[12] Poesía, III. “Jerusalén conquistada” Epopeya trágica.
Año 1609. (Impresión realizada en Madrid, en abril de 2003).
[13] “La Batalla de Clavijo y Aparición en ella de
nuestro Patrón Santiago” “Compuesta por
Julián Cantera Orive, con
motivo del undécimo centenario (23 mayo 844 – 23 mayo 1944). Vitoria, 1944.
[14] I.E.R.: “Documentación Calagurritana del siglo XIV
” - Archivo Catedral. Logroño 1995.
[15] “Libro de
Visita del Licenciado Martín Gil”. Logroño, 1998.
[16] “Timbres
y blasones de diferentes
casas nobles de Castilla”.
[17] “Diana
enamorada”.
[18] “Nobiliario General de España”.
[19] “Nobiliario”.
[20] “Blasón
de Armas del Noble y Antiguo Solar y Villa de Valdeosera, según se halla
registrado en el libro quinto de blasones a foja 353 y siguientes”.
[21] “Blasones de varias familias de España”.
[22] “Nobiliario General de España”.
[23] ”Nobiliario”
[24] “Poesías
Varias en todo género de assumptos, y metros, con un epílogo al fin de
noticias, y puntos Historiales, sobre la Provincia de La Rioja, y sucessos de
España, con la Chronología de sus Reyes, hasta nuestro Don Fhelipe Quinto”. Madrid
1732.
[25] “Catálogo de Blasones, Divisas y Armas de la
Nobleza de España”.
Estimado señor Pinillos. Siempre curiosas sus investigaciones. Una suerte que plasme aquí sus obras, pues en todas las librerías de Logroño nos dicen que las sucesivas ediciones del libro están agotadas. Imposible hacerse con un ejemplar. Esperemos que pueda sacar próximamente otra edición para los rezagados, así como que también pueda publicar pronto una adenda de su libro "Becerro" sobre los deviseros del Solar de Valdeosera actualizado con las nuevas inscripciones y los progresos del Solar. ¡Qué poco queda, querido Luis, para tener Alcaldesa Mayor del Solar!
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