martes, 21 de febrero de 2017

VALDEOSERA
EL SOLAR DE LAS TRECE DIVISAS

Representaciones de su Blasón, no publicadas en el libro de este título


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 332


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 332 B


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 332 C



Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 333


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 333 B


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 333 C


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 333 D



Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 334


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 334 B



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miércoles, 15 de febrero de 2017

PUBLICACIONES

En diarios de la Comunidad Autónoma de La Rioja



Diario “Noticias de La Rioja”
14 de Febrero de 2017
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viernes, 10 de febrero de 2017

CONCORDIA
VALDEOSERA-TERROBA
4 de Septiembre de 1504



Hecha por el Alcalde Ordinario y Buenos Hombres, Vecinos de la Villa de Valdeosera, con el Concejo y Buenos Hombres de Terroba.
Copia escrita en 1783 -sacada de un traslado hecho el 06-04-1683 por Francisco García de Jalón escribano de Calahorra-, que aparece en el Pleito mantenido por los Caballeros Diviseros del Solar de Valdeosera, con el Concejo y Vecinos de esta Villa -al que se sumó Terroba-, que comenzó el 21-10-1776, y concluyó el 28-11-1783.


Página 202 vª
Página 202 vª.- son del tenor siguiente = En el lugar de Valdosera en quatro días del mes de septiembre año del Nacimiento de Nuestro Señor Jesuchristo de mil y quinientos e quatro años este dicho día estando juntos los buenos hombres de dicho Lugar a campana tañida según lo han de uso e de costumbre de se juntar estando ende Juan Sanz Alcalde ordinario en dicho Lugar, e Diego Barragán, e Juan García, e Diego Sanz, e todos los otros vecinos e Moradores de el dicho Lugar e quantos havía en presencia de mí Pedro Yñiguez escribano de el dicho Lugar:
Dixeron: Que por quanto ellos tenían ciertas questiones y devates y se esperaban haver con el conzejo y buenos hombres de el Lugar de Torroba, e por quitar las dichas questiones =(Aquí hay un rrenglón que no se puede leer y lo demás prosigue así)= Fue servido de Dios y pro, y bien de estos dichos conzejos
Dixeron: Que comprometían y comprometieron todas las dichas Questiones y devates en manos de Juan Sanz su vecino para que las vea con Juan Díez de Clabijo vecino de Torrobal, a el qual Dixeron que estava señalado por el conzejo y buenos hombres de Torroba, el qual dicho Poder: Dixeron davan en la mejor forma que podían e de derecho devían con todas sus yncidencias y dependencias anexidades y conexidades, testigos que fueron presentes Juan y Diego hijos de Juan García vecinos de dicho Lugar, Juan Prado de Juan Sáenz de Prado y otros; E después de esto a dos días del mes de Julio año de mil y quinientos e quatro años estando el dicho Juan Sanz por el dicho conzejo de Valdosera y Juan Díez de Clabixo vecino de Torrova con Poder vastante que de dicho concejo tenía en presencia de mí el dicho escribano suso dicho,

Página 203
Página 203.- e así mismo en presencia de Martín Sanz Marroquín escribano por el dicho conzejo de Torroba ordenaron y mandaron las cosas siguientes =
1º) Priméramente ordenamos y mandamos que de el Río de Valdosera fasta el Río de Aldegüela, e de Aldegüela fasta Valde Aybáñez que no se pase de hechar pago ni Biedo de un conzejo a el otro, ni de el otro a el otro agora ni en tiempo del mundo aunque haia algunos sembradores que guardando el pan puedan comer las yervas con los ganados sin pena ninguna escepto las Dehesas y Exidos por donde están mojonados e acostumbrados los mojones de las dichas Dehesas de Valdosera y Exidos que son los siguientes: Donde cae el agua de Vallejo la Peña e al Barranco que biene de la fuente de Valdosera por cima del Pradillo de fuera e por do se siguen los Mojones a la Majadilla de Hera Onda y de ay el Barranco arriba fasta Fuente el Pietá, e de ay arriba la Ayuela de Camallostro fasta el Cerrillo de los Agudillos, e de ay agua vertiente al mojón que está de la Dehesa e el año que fuere pago Valdelaguna que buelba agua vertiente a las Salegas de los Aspes, e de ay agora vertiente a Cabezo la Sierra a juntar con el Mojón de Ornillos, y quando no fuere Pago que lo coman como es uso e costumbre; en quanto al Pago de Gatones que se haya de guardar de Mojón de Torroba agua arriba fasta la pasada de el Huenberbenosa, e de ay arriba ha de haver vevedero para todos hasta el Mojón de el Exido por donde se siguen los Mojones =
2º) Otro sí ordenamos que para los cotos de un lugar y de el otro, que haian de los ganados menudos, treinta maravedís del rebaño, e de los Exidos e Dehesas que haian sus carneros como

Página 203 vª
Página 203 vª.- es costumbre, y de los Panes que lleven a maravedí, e de la Yerva a blanca de cada Res mayor; y de Ganado menudo fasta cinquenta cabezas, que haya de coto de una blanca, y el daño de el Pan, e de cinquenta arriba cien maravedís e que pague el daño como dicho es =
3º) Otro sí ordenamos que los ganados maiores que no haya coto o pena ninguno fuera de Pago y Dehesas y Exidos de noche ni de día, y eso mismo se entienda para los Puercos que andan en Ganadería o en otra manera =
4º) Otro sí ordenamos que la Solana de Torroba que la guarden los de Valdosera según que los de Treguajantes con los cotos o Penas suso dichos =
5º) Otro sí ordenamos que si el oficial que el tal ganado tomare en todo lo suso dicho que lo haga saber a su Dueño y si el tal Ganado trasnochare sin lo hacer saber a su dueño que pierda el coto y pague el menoscabo del ganado =
6º) Otro sí ordenamos que el ganado menudo si lo tomare el oficial en lo suso dicho que sea obligado hacérselo saver a el ganadero si lo pudiere haver e si no que lo dé a otro Ganadero el primero que topare de los dichos Lugares, e que baya quando quisiere a demandar el coto, e si no se lo quisieren pagar que se vayan a el Alcalde donde fuere el tal Ganado que le mando pagar el coto doblado, e quede que el oficial fuere enpoderado en el ganado, que no sea el Pastor osado a defenderse so pena de pagárselo con el doble, e que si no se lo

Página 204
Folio 204.- (Papel sellado, Año 1783, Sello 4º, 20 mrs.) quisiere pagar que se vaya a el Alcalde donde fuere el tal ganado e que se lo hagan pagar con el doble como dicho es =
7º) Otro sí que el oficial que prendare non devidamente pague cien maravedís de pena a esta dicha pena sea para entrambos los Conzejos o que ninguno non sea osado a prendar si no los oficiales juramentados sola dicha pena =
8º) Otro sí mandamos que las Prendas que están fechas delera onda y de las corralizas que se paguen dentro de quinze días de este mes que esta Carta fuere publicada =
La qual dicha Carta mandamos por nuestra sentencia difinitiba so penas compromiso que ponemos de cien doblas de oro, la metad para la parte obediente y la otra metad para la Cámara y fisco de sus Altezas; Las quales dichas cartas fueron fechas día y año suso dicho, testigos que fueron presentes, Pedro Sanz de Velilla, y Pedro hijo de Pedro García vecino de Torroba e otros; y Nos los dichos escribanos que fizimos aquí estos nuestros signos = En testimonio de Verdad: Martín Sanz Marroquín escrivano = Pedro Yñiguez escrivano =

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Concuerda este treslado con su original que Yo el dicho Francisco García de Jalón escribano del Número perpetuo de la dicha Ciudad de Calahorra y su Aduana volví a la parte de dicha Villa de Valdosera y en execución y cumplimiento del auto

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jueves, 9 de febrero de 2017

VALDEOSERA
EL SOLAR DE LAS TRECE DIVISAS

Representaciones de su Blasón, no publicadas en el libro de este título


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 328


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 329


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 329 B


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 330


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 330 B


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 331


Blasón del Solar de Valdeosera
Fg. 331 B


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martes, 7 de febrero de 2017

Solar de VALDEOSERA
Libro Primero de Difuntos
desde 1581 hasta 1731

Éste, Libro Primero de Difuntos (1581-1731) de la Iglesia Parroquial Nuestra Señora de la Asunción de la Villa de Valdeosera -un volumen de 260 x 190 mm. y 170 páginas-, desapareció en fecha ignorada, y apareció en Nueva York el año 2014, en una subasta organizada por una librería de antiguo. Ese mismo año fue adquirido por el Archivo Histórico Provincial de La Rioja; donde permanece.
Portada
Portada: Libro Primero de Difuntos de Valdeosera, desde 1581 hasta 1731.

Página 6

Página 6:
1581
Libro de los defuntos de la Villa de Baldosera ___________________   
Partida 1ª.- (Al margen: Juana Sáenz). Murió Juana Sáenz, mujer de Pedro Fernández de Baldosera a onze días del mes de marzo de mil quinientos y ochenta y uno, confesó y comulgó y recibió la extrema unción, no testó sumando un fondo ¿s…? conforme a su estado. El cura Juan.
Partida 2ª.- (Al margen: María Fernández). Murió María Fernández mujer que fue de Pedro Martínez de Valdosera. Domingo a ocho días del mes de mayo de mil y quinientos ochenta y tres años, confesó y comulgó y recibió la extremaunción, mandó en su testamento se yciesen sus oficios de defunción novena y fin de año y para ello llamasen seis clérigos y se le diese de comer y mandó se llevase añal de mª quarta oblación y candela por espacio de un año sisando en su novena fuesen a la puerta según costumbre de la iglesia y dentro los nueve días se digesen tres misas cantadas y mandó y se digesen en esta villa de Baldosera catorce misas reçadas y tres cantadas y en la villa de Axamil seis reçadas y diez cantadas, y mandó una libra de aceite a esta villa y otra a la de Axamil y media a San Felices y otra media a Santa Cecilia cada dos meses a la ordenes acostumbradas = Juan Martínez.

Página 7

Página 7:
Partida 2ª.- (Al margen: Pedro Sáenz de Abajo). En seis días del mes de Mayo año de mil y quinientos y 94, murió Pedro Sáenz de Abajo en la Ciudad de Toledo, confesose y recibió todos los Sacramentos de la Yglesia. Enterrose en la parroquia de Sr. San Martín de la dicha Ciudad. Remitió el cumplimiento de su ánima a los Caveçaleros  que en el Testamento que hiço dejó señalados y nombrados los quales pa cumplir la boluntad del dicho difunto dijeron se dijese la novena con nuebe misas y se le hiciese fin de novena y fin de año y el aval como en esta yglesia se acostumbra y el dicho defunto mandó se le dijesen seis misas por su Ánima y por la verdad lo firmé. Joan Sáenz

Página 40

Página 40:
Juan Sáenz de Texada, año de 1684
A quatro de setiembre de mil, y seiscientos, y ochenta y quatro murió Juan Sáenz de Texada, recibió el Santo Sacramento de la Penitencia, Eucharistía, y Extremaunción, mandose enterrar en la capilla mayor de la Yglesia desta villa, sus oficios con tres Sacerdotes, y el cura desta villa y que se agan con dos nocturnos, y vísperas cada uno y el añal que le corresponde, visita de puerta nueve días oblación y misas de novena, Y además de eso mando doze misas cantadas a honor de los doze Apóstoles en sus festividades, u otavas. Cinco en las cinco principales festividades de la Virgen, otra el día de la Santísima Trinidad, día de San Juan Baptista otra, día de San Pedro otra, y otra el día de Santa Cezilia todas cantadas, y que a estas se llebe la zera a la sepultura, y altar, y medio quartal de pan de ofrenda en cada una. Mando además desto cinquenta misas rezadas en esta Yglesia y las misas de San Gregorio en el Convento de Nuestra Señora de Vico, mandó fura desto al cura que aora es en esta villa un vaso de avejas por que le diga fuera de lo que es costumbre responso rezado en su sepultura, y quatro Reales por que le diga un responso (cantatado) cantado cada día de la novena, mandó se le lleve a la sepultura dos años zera todos los días, y los días de fiesta dos achas, y que toda la zera que sobrase de la que él tiene y la da, en casa se gaste en la Yglesia desta villa para su adorno, y lucimiento en los divinos ofizios. A Santa Cezilia le mandó los dos quadros, y vero (…) a la que él tiene en ella para su adorno. A la Santa Vera Cruz, una libra de zera para que arda en el molumento la noche del Juebes Santo, y más una cántara de vino a los hermanos, Ytem mandó  a Nuestra Señora media libra de zera, otra media a San Pedro, y otra media a Santa Cezilia para que, hecha velas, luzca en sus hermitas quando van en prozesión. Doze reales a la Cofradía del Santísimo con condición que arda la zera sin apagar desde que se encienda en la puerta asta sepultar su cuerpo. Y por ser verdad lo firmé yo Juan Sáenz cura en ella dicho día = Juan Sáenz de Texada.

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lunes, 6 de febrero de 2017

VALDEOSERA

Apellidos paternos


Estos son los 175 apellidos paternos (74 originales y 101 derivados) que, transmitidos de varón a varón, han llegado hasta nuestros días. Apellidos riojanos que Maldonado y Cocat recopiló de los libros Becerro del Solar, y publicó en su obra: “Hidalguías Riojanas – El Solar de Valdeosera”, en 1949.

-A-
Ajamil
Albelda
Alonso
Álvarez de Valdeosera

-B-
Barriobero
Beltrán
Blázquez
Bobadilla
Bretón

-C-
Cabezón
Cambero
Cenzano
                                  
-D-
Díaz
Díez
Díez de Amatriayn
Díez de Argañara
Díez Corral
Díez de Espinosa
Díez de Isla
Díez de Orozco
Díez de Tejada
Díez de Terroba
Díez de Velilla

-E-
Escalona
Escolar

-F-
Fernández
Fernández Beaumont
Fernández Blanco
Fernández Bramonte
Fernández Bretón
Fernández de Cenzano
Fernández de Elgueta
Fernández de Heredia
Fernández de Jubera
Fernández de Lagunilla
Fernández de La Lobera
Fernández de Medrano
Fernández de Nalda
Fernández de Olaso
Fernández de Ordoñez
Fernández de La Plaza
Fernández de San Clemente
Fernández de Tejada

-G-
García
García de Jalón
García de León
García de Medrano
García de Romero
Gómez
Gómez Falcón
Gómez Samaniego
Gómez de Vidaurreta
González
González Cardeña
González de la Lobera
González Mateo
González Pardo
González de Tejada
González de Valdeosera
González de Yanguas
Guerrero
                                  
-H-
Heredia
Hernández
Hernández de San Clemente

-I-
Ibáñez
Iécora
Illera
Íñiguez
Íñiguez Carchena
Íñiguez de Heredia
Íñiguez de Valdeosera

-J-
Jalón
Jubera

-L-
Lázaro
Leza
Lobera
López
López de Arteaga
López de Cenzano
López de Lobera
López Romero
López de Torrecilla

-M-
Malo
Martínez
Martínez de Cenzano
Martínez Íñiguez
Martínez Ochoa
Martínez Pastor
Martínez de Pinillos
Martínez del Saz
Martínez de Sicilia
Martínez de Tejada
Martínez Vallés
Mata
Matute
Mayoral
Mediano Valdeosera
Medrano
Melón
Melón del Saz
Mesa
Michel
Michel de Rabanera
Muñoz
Muñoz de Murga
Murillo

-O-
Ochoa
Ochoa de Tejada
Ocón
Ortega
Ortega de Tejada

-P-
Palacios
Peón
Pérez de Tejada
Pinillos

-R-
Rabanera
Rabanera de Tejada
Ramírez
Ramírez de Jalón
Ramírez de La Piscina
Ramírez de Tejada
Romero
Ruete
Ruiz
Ruiz de Bucesta
Ruiz de Cenzano
Ruiz de Clavijo
Ruiz de Heredia
Ruiz de Lobera
Ruiz Navarro
Ruiz de Palacios
Ruiz de la Plaza
Ruiz de San Andrés
Ruiz de Ubago
Rupán

-S-
Sáenz
Sáenz de Antón
Sáenz de Balladar
Sáenz de Beltrán
Sáenz de Cabezón
Sáenz de Cenzano
Sáenz de Elvira
Sáenz de Gaona
Sáenz de Heredia
Sáenz de Íñigo
Sáenz de Jubera
Sáenz de Lardero
Sáenz de Lobera
Sáenz de Medrano
Sáenz de Navarrete
Sáenz de la Parra
Sáenz de la Peña
Sáenz de Rabanera
Sáenz de Santa María
Sáenz de Tejada
Sáenz de Velilla
Sáenz de Yécora
Sáenz de Zumarán
Sánchez
Sánchez Riscos
Saz
Soto
Sicilia
Sierra de Tejada

-T-
Tejada
Terroba

-V-
Velázquez de Medrano
Velilla
Vera
Viguera
Viñaspe

-X-
Ximénez
Ximénez de Tejada

-Z-
Zapata
Zumarán

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Cualquier varón con este apellido paterno, que desee solicitar su inscripción, en los Libros Becerro del Solar de Valdeosera, necesita demostrar fehacientemente ser hijo legítimo -consanguíneo por línea de padre- de legítimo matrimonio; y para tomar posesión de su correspondiente Divisa, a la hora de ser asentado en ellos, el pretendiente debe presentar la documentación siguiente:
1º- Certificado donde conste la transcripción literal de la Partida de Nacimiento o de Bautismo del Pretendiente (Certificado original, no fotocopia).
2º- Certificado donde conste la transcripción literal de la Partida de Matrimonio de los padres del Pretendiente (Certificado original, no fotocopia).
3º- Certificado donde conste la transcripción literal de la Partida de Nacimiento o de Bautismo del Padre del Pretendiente (Certificado original, no fotocopia).
4º- Certificado donde conste la transcripción literal de la Partida de Matrimonio de los abuelos paternos del Pretendiente (Certificado original, no fotocopia).
5º- Certificado donde conste la transcripción literal de la Partida de Nacimiento o de Bautismo del Abuelo paterno del Pretendiente (Certificado original, no fotocopia).
Así sucesivamente, y siempre por línea recta agnaticia, hasta enlazar con algún antepasado que esté asentado en el Solar. Este dato se puede constatar en el libro “HIDALGUÍAS RIOJANAS, EL SOLAR DE VALDEOSERA” de Ramón José Maldonado y Cocat. Madrid, 1949 (o en su edición facsímil, publicada en Logroño el año 2001).
No es preciso que estos documentos -en el caso de los eclesiásticos-, vayan autentificados del Obispado pero, se considera prudente hacerlo porque, si en el futuro se destruyeran o desaparecieran los archivos eclesiásticos, dichos documentos tendrían todo su valor legal.
La documentación debe presentarse con antelación suficiente para que pueda ser examinada por la Junta de Probanza. Se remitirá (mejor certificada), acompañando una carta solicitando el ingreso y dirigida a:
Ilmo. Alcalde Mayor del Solar de Valdeosera
Apartado 361
26080 Logroño - (La Rioja)
ESPAÑA
Las inscripciones se realizan, ante notario, y tienen lugar durante la Junta General que se celebra en la Villa de Valdeosera, en cada 12 de octubre. Si el pretendiente no pudiera estar presente para realizar la toma y posesión de su Divisa, podrá delegar, por escrito, en otro Divisero. La contribución de cada pretendiente, para sufragar los gastos ocasionados (honorarios del notario, transporte, etc.), viene a ser de 50 euros aproximadamente. (Así era en el año 2000).


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