Los RR.CC. toman bajo su seguro a los vecinos de Valdeosera que deseen incorporarse a la jurisdicción de Calahorra
Archivo
General de Simancas
Registro General del Sello, Ref.
330, 8-Febrero-1491. Sevilla
Este documento, localizado en noviembre
de 2003 por Luis Pinillos Lafuente a través del Archivo Histórico Provincial de
Logroño (R. 1.570, Índice 613, Valdeosera.
Vecinos.- 330), fue transcrito por Ernesto Reinares Martínez a finales
de ese mismo año.
El transcriptor hace
una interpretación sui géneris del
contenido del mismo, dando por sentado que el territorio de Valdeosera pasó a
ser jurisdicción de Calahorra.
Esta suposición es pura
conjetura puesto que carece del respaldo de hechos sólidos que demuestren si Calahorra
tuvo algún control sobre Valdeosera. Su gratuito aserto debería ser respaldado
por algún documento que probase la integración, o que hubiera salido de ella, si
alguna vez estuvo dentro.
Frente a los nueve o diez
deviseros que hicieron la solicitud, hay un número mayor de propietarios del
territorio (unos terceros hombres libres), que no se ha tenido en cuenta, cuya
opinión se desconoce y -haciendo igualmente conjeturas- es de suponer que no
estarían por la labor de que su propiedad pasase a depender de los corregidores
de Calahorra.
Página 16
Página 16.- Que
sus altezas toman so su seguro a los vecinos de Baldeosera.
Don
Fernando e dona Isabel, etc. Por quanto a nos es fecha relacion que cerca de la
cibdad de Calahorra está un lugar que se llama Baldesera, que es de treze
ebyseros sobre los quales ninguna persona diz que tyene juridicion salvo ellos
mismos; e que desta cabsa, entre ellos ay muchas diferencias e debates, e que
los nueve o diez dlos dichos deviseros, que por mejor amparados e defendidos,
diz que quieren ser de nuestra corona real, e nos enviaron (a) suplicar e pedir
por merced les mandásemos retomar para aquella e mandasemos a la dicha cibdad
de Calahorra recibiesen so la juridicion dlla e los amparase e myrase como a
los otros lugares de su juredicion o como la nuestra merced fuese.
E
nos tovimoslo por bien; e por la presente, sy lo suso dicho asy es e sin
perjuicio de tercero, tomamos e rescibimos para nuestra corona real todos
los vecinos dla dicha billa de Baldeosera que asy se quieren incorporar en ella,
e mandamos al concejo, justicia, regidores, cavalleros, escuderos, oficiales e
omes buenos dla dicha cibdad de Calahorra que los tomen en sy e ayan por tierra
e juridicion dla dicha cibdad segund
Página 16 vª
Página 16 vª.- que
han los alos otros lugares de su tierra e juredicion; e los anparen e miren
como a cada uno dlos otros vecinos dla dicha cibdad. E nos, por la presente,
los tomamos e rescebimos so nuestra guarda e anparo e defendimiento real. E los
unos ny los otros, etc.
Dada
en Sevilla a beinte dias del mes de febrero de XCI años.
---ooo(1491)ooo---
No hay comentarios:
Publicar un comentario