jueves, 1 de diciembre de 2016

Los RR.CC. toman bajo su seguro a los vecinos de Valdeosera que deseen incorporarse a la jurisdicción de Calahorra
 Archivo General de Simancas

Registro General del Sello, Ref. 330, 8-Febrero-1491. Sevilla

Este documento, localizado en noviembre de 2003 por Luis Pinillos Lafuente a través del Archivo Histórico Provincial de Logroño (R. 1.570, Índice 613, Valdeosera.  Vecinos.- 330), fue transcrito por Ernesto Reinares Martínez a finales de ese mismo año.
El transcriptor hace una interpretación sui géneris del contenido del mismo, dando por sentado que el territorio de Valdeosera pasó a ser jurisdicción de Calahorra.
Esta suposición es pura conjetura puesto que carece del respaldo de hechos sólidos que demuestren si Calahorra tuvo algún control sobre Valdeosera. Su gratuito aserto debería ser respaldado por algún documento que probase la integración, o que hubiera salido de ella, si alguna vez estuvo dentro.
Frente a los nueve o diez deviseros que hicieron la solicitud, hay un número mayor de propietarios del territorio (unos terceros hombres libres), que no se ha tenido en cuenta, cuya opinión se desconoce y -haciendo igualmente conjeturas- es de suponer que no estarían por la labor de que su propiedad pasase a depender de los corregidores de Calahorra.

Página 16

Página 16.- Que sus altezas toman so su seguro a los vecinos de Baldeosera.
Don Fernando e dona Isabel, etc. Por quanto a nos es fecha relacion que cerca de la cibdad de Calahorra está un lugar que se llama Baldesera, que es de treze ebyseros sobre los quales ninguna persona diz que tyene juridicion salvo ellos mismos; e que desta cabsa, entre ellos ay muchas diferencias e debates, e que los nueve o diez dlos dichos deviseros, que por mejor amparados e defendidos, diz que quieren ser de nuestra corona real, e nos enviaron (a) suplicar e pedir por merced les mandásemos retomar para aquella e mandasemos a la dicha cibdad de Calahorra recibiesen so la juridicion dlla e los amparase e myrase como a los otros lugares de su juredicion o como la nuestra merced fuese.
E nos tovimoslo por bien; e por la presente, sy lo suso dicho asy es e sin perjuicio de tercero, tomamos e rescibimos para nuestra corona real todos los vecinos dla dicha billa de Baldeosera que asy se quieren incorporar en ella, e mandamos al concejo, justicia, regidores, cavalleros, escuderos, oficiales e omes buenos dla dicha cibdad de Calahorra que los tomen en sy e ayan por tierra e juridicion dla dicha cibdad segund 

Página 16 vª

Página 16 vª.- que han los alos otros lugares de su tierra e juredicion; e los anparen e miren como a cada uno dlos otros vecinos dla dicha cibdad. E nos, por la presente, los tomamos e rescebimos so nuestra guarda e anparo e defendimiento real. E los unos ny los otros, etc.
Dada en Sevilla a beinte dias del mes de febrero de XCI años.

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