Real Cédula del Rey Don Felipe III
para sacar un traslado del
PRIVILEGIO DEL SOLAR DE
VALDEOSERA
(15 de Diciembre de 1620)
Página 1 vª
Página 1vª.- Don Felipe (III)
Por la Gracia de dios rey De castilla de león de aragon de portugal de
jerusalem / de granada de toledo de valençia de galiçia de mallorcas de sevilla
e conde de flandes y de tirol etta a vos las justiçias de la çiudad de Vurgos
(...) / de lardero y Valdosera y a las demás justiçias destos nuestros rreynos
a quien esta nuestra carta fuere mostrada y a cada uno dellos salud y graçia /
sepades quen la nuestra corte y chançilleria ante los nuestros alcaldes de los
Yxosdalgo della pareçio fernando de munilla en nomvre de Joan de / terrova y
por una petiçion que ante nos presentonos izo rrelaçion diçiendo que para presentar
en el pleito que su parte trata con el liçenciado don / Juan de morales y
¿varenuello? nuestro fiscal y concexo de la villa de murillo de rrio leça sovre
su Ydalguia tenia neçesidad de que del livro donde / se asientan los
descendientes de la casa y solar de Valdosera se diese a su parte un traslado
de la partida del dondesta hasentado con pie y caveça / y de un traslado de las
sentencias de vista y rrevista dadas en las executorias que se despacharon a Juan
garcia de xalon veçino y rrexidor de la / ciudad de Vurgos y a Juan de terrova veçino de lardero de sus Ydalguias con pie y caveça de la dha
executoria y de un traslado del previlexio / quel dho solar de Valdosera tiene
por quienes pidio y suplico le mandasemos dar a su parte nuestra carta y provision
rreal para que vos la / justiçia de la dha villa de Valdosera avrais el dho
archivo y por ante un nuestro escrivano agais sacar un traslado del dho. previlexio y partida del / dho livro con pie y caveça del y para que las justiçias
de la çiudad de Vurgos y lardero conpelan a los dhos Juan garçia de Jalon y Juan de terrova / a que
entreguen sus cartas executorias y dellas por ante el escrivano puvlico agan
sacar un traslado de las dhas sentençias con pie y caveça dellas / y las
entreguéis a sus partes y a todas las partes contrarias sovre que pidio
Xustiçia =
Y visto por los dhos nuestros alcaldes de los
Yxos / dalgo fue acordado que deviamos de mandar dar esta nuestra carta para
vos en la dha. rrazon y nos tuvimoslo por vien por que os mandamos / que luego
que con esta nuestra carta seais rrequeridos por parte del dho Juan de terrova
conpelais y apremies por todo rrigor de derecho a / todas y qualequier personas
y archiveros en cuyo cargo estan las llaves de los archivos de la casa y ssolar
de Valdossera, a que le avran / y avierto açer que un escrivano publico saque
un traslado del previlexio y partida con pie y caveça de dho Livro y
ansimismo / conpeler y apremiar por todo rrigor de derecho a los dhos Juan
garçia xalon y Juan de terrova u a otra qualqier persona / en cuyo poder
estuvieren las dhas cartas executorias a que las esivan ante vos y esividas
açer que un escrivano puvlico saque / dellas un traslado en puvlica forma
pagando a los dhos escrivanos sus derechos y constando por primero aver sido
çitado la / parte del dho nuestro fiscal y conçexo de murillos y sacados los
dhos traslados aveis volver los orixinales a las personas y ptes / de poder de
quien los sacastis y no fagades en ¿deal? por alguna manera pena de la nuestra
merced y de diez mill mrs para la / nuestra cámara so la qual mandamos a
qualquier nuestro escrivano os la notifique y dello de fe dada en Valladolid a
quince dias / del mes de diziembre de mill y seisçientos y veinte años
El Licenciado Don
Matheo de Ldo Don Juan
Beleng.
Daoiz C......................... de Mendoza
---ooo(1620)ooo---
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