miércoles, 26 de julio de 2017

VISITA

del Alcalde de los Hijosdalgo de la Real Chancillería de Valladolid
D. Alonso García Dávila Muñoz y Carrillo,
al Solar de Valdeosera.

(Reinando Don Felipe IV)

Para un hacer un traslado de las Divisas de la Casa y Solar de Valdeosera con el fin de aportarlas en el Pleito de Hidalguía que litiga, en la Chancillería de Valladolid, Don Francisco Martínez de Vallejo, vecino de la ciudad de Logroño (Archivo de la Real Chancillería de Valladolid. Sección Protocolos. Caja: 0028.0022)

Folio 1
Valdeosera

Folio 1 vº

Folio 1 vº:
SELLO QUARTO, AÑO DE MIL Y SEISCIENTOS Y CINQUENTA Y QUATRO
"Don Felipe, por la Gracia de Dios Rey de Castilla, de León, de Aragón, de Portugal, de Navarra, de Granada, de Toledo, de Balencia, de Galicia, de Mallorca, de Sevilla, Señor de Vizcaya y de Molina // a bos el Licenciado Don Alonso García Dávila Alcalde de los Hijosdalgo de la nuestra Audiencia y Chancillería (...) cometen (...) de la Justicia. que de yuso en esta nuestra carta se ará mención y a lo dicho en ella: Salud y gracia , sepades que en la nuestra Corte y Chancillería ante los Señores Alcaldes de los Hijosdalgo della se presentó petición del tenor siguiente =
M P sn. El Licenciado Don Diego de Bitoria Lorido Vuestro procurador Fiscal digo, que ha cometido al Licenciado Don Alonso Davila Vuestro Alcalde, del negocio de hidalguía de Don Francisco Martínez de Ballejo, vecino de la ciudad de Logroño, en que pretende ser deszendiente del Solar de Baldosera, y se an de hacer diligencias por el dicho Vuestro Alcalde, en el dicho Solar y respecto de que cada día se ofrecen diferentes hidalguías de diferentes personas que pretenden deszender del dicho Solar, de diferentes nombres y apellidos, y con efecto lo prueban, de que trae consigo grandes sospechas de malicia de que se sigue a Vuestro Real Patrimonio grandes perjuizios.
Para remedio de lo qual a V. A. Suplico mande darme su Carta y provisión Real cometida al dicho Vuestro Alcalde para que ajuste, quantas son las Divisas de dicho Solar y nombres de diviseros, y cavezas de la Divisa, para que se pueda prozeder con claridad y rreconozer la certeza y calidad del dicho Solar, para que no aya fraudes ni suposiziones, que así conbiene a la Justicia y defensa de Vuestro Real Patrimonio y Justicia.
Otro si a V. A. para que mande que los autos que en rrazón de la dicha Divisa y Solar se hubieren de hazer en el dicho Solar se agan y pasen ante Esteban García, Vuestro Escribano de Cámara que ba con el dicho Vuestro Alcalde, pido Justicia =
Y vista la dicha petición por los dichos Vuestros Alcaldes de los Hijosdalgo se dio y pronunció el auto de tenor siguiente =
Auto.
Como se pide por esta Petición que se despache Provisión de el Rey nuestro Señor a el dicho efecto en relaciones =
En Valladolid, nobienbre catorze de mill y seiscientos y cincuenta y quatro años =
Jacinto de la Puebla =
                                                SSº. Villamayor, Varona Gamarra, Ronquillo =
Y conforme al dicho auto, fue acordado que devíamos de mandar dar esta nuestra Carta para bos, en la dicha Razón y Nos tubímoslo por bien y os mandamos que luego que os sea entregada esta nuestra Carta.


Folio 2

Folio 2:
Auto. En la Villa de Briones a cinco días del mes de henero de mill y seiscientos y cinquenta y cinco años, el Señor Licenciado Don Alonsso García Dávila Muñoz y Carrillo, del Conssejo de su Magestad y su Alcalde de Hijosdalgo en la Real Chancillería de Valladolid =
Digo que por quanto conbiene y es del servicio de su Magestad remitir a la sala de los señores Alcaldes de hijosdalgo de la Real Chancillería de Valladolid un treslado de las Divissas de la Casa y Solar de Valdossera, Yo el presente escribano mayor de hijos dalgo de la dicha Real Chancillería, saqué un tanto de las diligencias de oficio hechas en el dicho Solar para pleyto de hidalguía que litiga Don Francisco Martínez de Vallejo, Vecino de la Ciudad de Logroño, en lo que mira y toca a la diligencia echa en dicho Solar, y lo firmo =
                                                                                 Ante mí  (Ilegible)
E Yo, el dicho escribano mayor de hijos dalgo en cumplimiento del auto por su marced probeydo, Compulssé de las dichas diligencias de oficio, las partidas y autos que son del tenor siguiente =

LLegada a Valdossera-

LLegó su merced el señor Alcalde con sus ministros a la Villa y Solar de Valdossera oy veinte y siete de nobienbre deste dicho año de que doy fee =
  Don Estevan García
Auto: Este dicho día, su merced el señor alcalde haviendo hecho parecer ante ssí por allarse al presente en esta dicha Villa y Solar de Valdosera, a Don Joseph Ruiz de Lobera, Theniente de alcalde mayor de la dicha Divisa y Solar = Y a Diego Ruiz de Palacio, fiscal = Y a Juan de Zumarán, escribano del dicho Solar y theniente de

Folio 2 vº

Folio 2 vº:
general de él, los quales tienen y les toca tener las tres llaves del archivo de dicho Solar, dijo que se les notificasse habriessen dicho archivo y del sacassen y exhibiesen los libros del bezerro en donde están sentadas las Divissas del dicho Solar y todos los dibiseros hijos dalgo descendientes de dichas divisas, para reconocer y conpulssar las partidas que por la Ynstrución dada por los Señores de la Sala de hijos dalgo se le ordena saque y conpulsse, y así lo mando y lo firmo =
Licenciado Don Alonsso Dávila =           Don Estevan Garzía =

Notificación:
E luego yncontinente estando dicho señor alcalde en la yglessia parrochial de dicha Villa y Solar de Valdossera, con asistencia de mí, el presente escrivano de Cámara y mayor de hijos dalgo, les ley y notifiqué el auto proxssimo referido, que obedecieron y en su cumplimiento haviendo puesto el fiscal de dicho Solar y Divissa, una escalera, subió y con las tres llaves referidas abrió el archivo y sacó los libros del bezerro, uno que le llaman nuebo y otro antiguo para que dicho Señor Alcalde los reconociesse e hiciese la diligencia conforme a los Capítulos referidos en la Ynstruccón, de que yo el presente escrivano de Cámara doy fee =
                                                                                   Don Estevan Garzía
Certifico yo, el dicho escrivano de Cámara y mayor de hijos dalgo, que en el libro nuevo del Solar y Divisa de Valdosera haviéndole reconocido su merced, el señor alcalde en presencia de mí el presente escrivano de Cámara, se alló en la primera oja dél por título la partida siguiente =
= Libro del Solar de Valdosera donde están escriptas las Divisas e sus Dibiseros y renta de cada Divissa dellas =
Y a la buelta están por yndices sentadas las

Folio 3
Folio 3:
Divissas del dicho Solar, en la forma siguiente =

             Divissa de Matute.
             Divissa de Diego Sáenz de Texada.
             Divissa de Pedro Sáenz de Texada.
             Divissa de las Cabañuelas.
             Divissa de Regajal.
             Divissa de Pedro Sáenz de Belilla.
             Divissa de Yñigo Martínez de Arriba.
             Divissa de Terroba.
             Divissa de Yñigo López.
             Divissa de Sancho García.
             Divissa de Yígo Martínez de Abajo.
             Divissa de Juan del Valle.
             Divissa de Sancho Sáenz de Palazio.

Y al fin de dicho yndice está la partida siguiente
= Y cada uno se asiente en la Divissa de que probare descender =

Concuerda con los autos originales y demás partidas de donde se sacó este treslado a que me refiero y queda en mi poder y le saqué en Briones, a zinco días del mes de henero de mill y seiscientos y cinquenta y zinco años = y en fee dello lo firmé yo el dicho escrivano de cámara
                                                                                 Estevan Garzía

Folio 4
Folio 4:
Recaio el dicho auto suso inserto y lo guarden, cumplan y executen como en él se contiene y en su execuzión y cumplimiento conpelen y apremien a todos y qualesquier personas, justicias, escrivanos y archiberos al cuyo cargo y en cuyo poder estubieren los libros del Solar de Baldosera, a donde se asientan los deszendientes del dicho Solar a que los entreguen oreginalmente y exsivan ante los bos originalmente, y asi exsividos areis sacar y saqueis por tanto de los apellidos de los nombres de las divisas del dicho Solar y diviseros y cavezas de cada divisa.
El qual traiereis a la mí (...) para que con bista del se probea y mande lo que conbenga al servicio de su Magestad y su Real Patrimonio y los autos y diligencias y Conpulsas que en rrazón dello hizieredes pase y se aga ante Esteban García Nuestro Escrivano Mayor de los hijos dalgo que os asiste a otros negocios de Nuestro Real servicio y en Razón de lo suso dicho podais hazer y agais qualesquiera premios, prisiones y diligencias que sean necesarias que para ello.
Y lo anejo y dependiente os damos poder y Comisión en forma.
Dada en Valladolid a diez y siete de noviembre de mill y seiscientos y cinquenta y quatro años =
          (ilegible)        Dn. D. Luis Varona Saravia            (ilegible)
Yo Martín Sedano SSº de Cámara del Rey Nuestro Señor a (...) por su mandado con acuerdo de los alcaldes de hijos dalgo (...) gra.
Para que el Licenciado Don Alonso García Dávila, Alcalde de los hijos dalgo desta Real Chancillería, guarde y cumpla lo contenido en esta Real probisión.

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